Convertirse en distribuidor oficial de D’Carnilsa implica un compromiso mutuo: nosotros garantizamos producto de calidad, fabricado con receta tradicional en nuestra planta de Fuenlabrada, y el distribuidor garantiza que ese producto llega en las mejores condiciones al comercio y al consumidor final de su zona. Para formalizar la colaboración, todo distribuidor debe cumplir las siguientes condiciones:
1. Exclusividad territorial y volumen mínimo de pedido
D’Carnilsa trabaja con distribuidores exclusivos por zona: cada distribuidor cuenta con exclusividad total de venta en su territorio asignado. Como contrapartida de esa exclusividad, se compromete a un pedido mínimo de 2 a 3 palets semanales (aproximadamente entre 20.000 y 30.000 kg), garantizando así un flujo de suministro constante en la zona. Tanto el volumen como el alcance territorial de la exclusividad se establecen y revisan en el contrato de distribución.
2. Catálogo completo y disponibilidad de stock
El distribuidor debe mantener disponible la totalidad del catálogo de productos D’Carnilsa correspondiente a su categoría de distribución, evitando roturas de stock que afecten al suministro de sus propios clientes. D’Carnilsa se reserva el derecho de solicitar información periódica sobre los niveles de inventario y podrá suspender temporalmente el suministro preferente en caso de incumplimiento reiterado de este punto.
3. Atención y servicio al cliente en su zona
El distribuidor deberá disponer de estructura comercial y de atención al cliente suficiente para dar cobertura a los comercios de su zona y, en el caso de productos congelados, también al consumidor final. Esto incluye: capacidad de respuesta ante pedidos e incidencias en un plazo razonable, gestión de reclamaciones de primer nivel, y comunicación fluida con D’Carnilsa ante cualquier incidencia que no pueda resolver directamente.
4. Instalaciones y cadena de frío
Las instalaciones de almacenamiento y los vehículos de transporte del distribuidor deberán cumplir en todo momento la normativa vigente de seguridad alimentaria y cadena de frío, manteniendo cada familia de producto —refrigerado y congelado— a su temperatura de conservación correspondiente, conforme al Reglamento (CE) 852/2004 relativo a la higiene de los productos alimenticios y demás normativa sectorial de aplicación. D’Carnilsa podrá solicitar la acreditación de dicho cumplimiento (registro sanitario, sistema de autocontrol APPCC/HACCP, certificados de mantenimiento de cámaras frigoríficas, etc.) y realizar visitas de verificación con preaviso razonable.
5. Revisión y comunicación de incidencias en la recepción
El distribuidor deberá revisar la mercancía en el momento de la recepción y comunicar por escrito a D’Carnilsa cualquier incidencia (faltantes, deterioro del producto, rotura de la cadena de frío, errores en el pedido, etc.) dentro del plazo establecido en el contrato de distribución, aportando evidencia cuando sea posible. Transcurrido dicho plazo sin comunicación, la mercancía se dará por recibida conforme, salvo defectos no apreciables en una inspección razonable en el momento de la entrega (vicios ocultos).
6. Política de devoluciones
El distribuidor declara conocer y aceptar la política de devoluciones vigente de D’Carnilsa en el momento de la firma del acuerdo, que regula los supuestos, plazos, forma de comunicación y condiciones económicas en los que proceden las devoluciones o abonos de producto.
7. Condiciones de pago
Se establecerá un plazo de pago y una forma de pago (transferencia, domiciliación, etc.) en el acuerdo comercial individual con cada distribuidor. El impago o retraso reiterado en los pagos podrá suponer la suspensión del suministro hasta la regularización de la deuda, sin perjuicio de las acciones legales que correspondan.
8. Uso de marca e imagen comercial
El distribuidor podrá utilizar la marca, el logotipo y los materiales de comunicación de D’Carnilsa exclusivamente para la promoción y venta de los productos objeto del acuerdo, y siempre conforme a las directrices de marca facilitadas por la empresa. Este uso no otorga ningún derecho de propiedad sobre la marca y cesará automáticamente a la finalización del acuerdo de distribución.
9. Cumplimiento normativo y trazabilidad
El distribuidor se compromete a cumplir la normativa de seguridad alimentaria, etiquetado y trazabilidad aplicable en su territorio de actuación, y a colaborar con D’Carnilsa en caso de alerta sanitaria o retirada de producto, facilitando la información necesaria para trazar el destino de los lotes afectados.
10. Duración, renovación y resolución del acuerdo
El acuerdo de distribución tendrá la duración que se establezca en el contrato individual y podrá resolverse por cualquiera de las partes mediante preaviso por escrito, con la antelación que se establezca en el contrato de distribución, así como de forma inmediata en caso de incumplimiento grave de las condiciones aquí descritas.
11. Confidencialidad
Ambas partes se comprometen a mantener la confidencialidad de la información comercial, condiciones económicas y datos de clientes intercambiados en el marco del acuerdo, tanto durante su vigencia como tras su finalización.
12. Legislación aplicable y jurisdicción
El presente acuerdo se regirá por la legislación española. Para cualquier controversia derivada de su interpretación o cumplimiento, las partes se someterán a los juzgados y tribunales que se determinen en el contrato individual, sin perjuicio de las normas de competencia territorial que resulten de aplicación imperativa.
¿Cumples estas condiciones? Contacta con nuestro equipo comercial y te contamos el siguiente paso para formalizar tu distribución.